ANEXO DE DIVIDENDOS 2026

Anexo de Dividendos 2026: Lo que debes saber para cumplir con el SRI sin contratiempos
El cumplimiento de las obligaciones tributarias no solo evita sanciones, sino que fortalece la transparencia financiera de las organizaciones. Uno de los deberes clave para las sociedades en Ecuador es la presentación del Anexo de Dividendos (ADI), correspondiente al ejercicio fiscal 2025, el cual deberá presentarse ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) en mayo de 2026.
En este artículo te explicamos quiénes están obligados, qué información debe reportarse, cuáles son los plazos y qué debes considerar para una presentación correcta y oportuna.
¿Qué es el Anexo de Dividendos (ADI)?
El Anexo de Dividendos (ADI) es un anexo informativo obligatorio que se presenta ante el SRI, mediante el cual se reporta la generación y distribución de utilidades y dividendos a socios o accionistas.
Este anexo permite a la Administración Tributaria verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con la distribución de utilidades, incluso cuando no existan movimientos (presentación en cero).
¿Quiénes están obligados a presentar el ADI?
Deben presentar el Anexo de Dividendos:
- Sociedades nacionales o extranjeras, incluidas las de economía mixta, residentes o con establecimientos permanentes en Ecuador.
- Sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país.
- Personas naturales residentes en Ecuador que hayan recibido dividendos de sociedades extranjeras.
- Organizaciones reguladas por la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria.
La obligación aplica tanto si se pagaron dividendos como si únicamente se generaron utilidades durante el período fiscal.
Información que debe reportarse
El ADI correspondiente al ejercicio fiscal 2025 debe incluir:
- Utilidades generadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
- Utilidades de años anteriores que al 1 de enero de 2025 se encontraban pendientes de distribución.
- Dividendos efectivamente distribuidos durante el año 2025.
- Información de los socios o accionistas beneficiarios.
- Valores distribuidos, incluso si no existió movimiento (en cero).
Plazo de presentación: mayo 2026
La presentación del Anexo de Dividendos se realiza de forma anual, en el mes de mayo de 2026, de acuerdo con el noveno dígito del RUC o cédula del contribuyente, conforme al Calendario Tributario del SRI.
Calendario de vencimientos – Mayo 2026
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Noveno dígito del RUC |
Fecha máxima de presentación |
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1 |
10 de mayo |
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2 |
12 de mayo |
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3 |
14 de mayo |
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4 |
16 de mayo |
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5 |
18 de mayo |
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6 |
20 de mayo |
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7 |
22 de mayo |
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8 |
24 de mayo |
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9 |
26 de mayo |
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0 |
28 de mayo |
Nota: Si la fecha de vencimiento coincide con un feriado o fin de semana, el plazo se traslada al siguiente día hábil.
Herramienta y forma de presentación
El Anexo de Dividendos debe generarse mediante la nueva versión del DIMM – Anexos y cargarse a través del Portal Transaccional SRI en Línea, utilizando el usuario y contraseña del contribuyente.
Sanciones por incumplimiento
La no presentación, presentación tardía o con errores del ADI puede generar multas y sanciones económicas, conforme a lo establecido en la normativa tributaria vigente. Por ello, es fundamental revisar la información con anticipación y cumplir dentro de los plazos establecidos.
Conclusión
El Anexo de Dividendos (ADI) es una obligación tributaria clave para las sociedades y contribuyentes relacionados con la generación y distribución de utilidades. Una correcta planificación, el uso adecuado de las herramientas del SRI y el cumplimiento oportuno de los plazos permitirán evitar sanciones y asegurar una gestión tributaria ordenada y transparente.
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Elaborado por:
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