NUEVA REMISIÓN TRIBUTARIA
SRI emitió lineamientos para la remisión dispuesta bajo la Ley de Integridad Pública.
Para dicha aplicación, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió el pasado viernes 27 de junio la Resolución n.º NAC-DGERCGC25-00000015, la cual establece los lineamientos para que los contribuyentes accedan a este beneficio.
Aproximadamente 82.000 contribuyentes que mantienen obligaciones tributarias pendientes podrán acceder a este alivio económico y el Estado podría recaudar más de $ 100 millones según estimaciones.
Importante: En esta disposición se excluye el impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
A continuación, se dan a conocer los principales puntos de esta resolución:
RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC25-00000015 (27 de junio 2025) - normas para la aplicación de la remisión de intereses, multas, costas y recargos derivados de los tributos cuya administración y recaudación le corresponden al Servicio de Rentas Internas, contemplada en la Disposición Transitoria Décimo Tercera de la Ley Orgánica de Integridad Pública
- Se establece una remisión del 100% de intereses, multas, costas y recargos, de las obligaciones tributarias cuya administración y recaudación le correspondan al Servicio de Rentas Internas y cuyo hecho generador se haya configurado hasta el 31 de diciembre de 2024.
- No están sueltas a remisión las siguientes obligaciones:
-
- Las obligaciones recaudadas y no administradas por el Servicio de Rentas Internas;
- Las obligaciones correspondientes al Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2024;
- Las obligaciones tributarias que no contengan un valor de impuesto a pagar;
- Las sanciones pecuniarias constantes en procesos sancionatorios;
- Los valores derivados de procesos de control que persigan la restitución de valores devueltos de manera indebida;
- Para beneficiarse de la remisión del 100% de intereses, multas, costas y recargos a la que hace referencia esta Resolución, los sujetos pasivos deberán realizar hasta el 31 de diciembre de 2025.
- El Servicio de Rentas Internas aplicará de oficio la remisión regulada por esta resolución, sobre los impuestos anual a la propiedad de vehículos motorizados y 1% a la compraventa de vehículos usados, cuyo hecho generador se haya configurado hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Los pagos realizados en cumplimiento de la remisión no generan pago indebido.
Realizado por:
HLB Ecuador
Contáctanos
HLB AUDIT-EC
Quito
Jennifer Balseca
Marketing & Comercial
Mail: [email protected]
Telf: +593 99 980 1149
Escríbenos para brindarte una asesoría personalizada
Contáctanos
HLB Consultores Morán Cedillo
Guayaquil - Cuenca
Mariuxi Pérez
Comercial
Mail: [email protected]
Telf: +593 97 878 3660
Escríbenos para brindarte una asesoría personalizada