PARTICIPACIÓN VIRTUAL EN ASAMBLEAS: LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS ESTABLECE NUEVAS REGLAS
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros ha emitido la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0001, que garantiza el derecho de los socios y accionistas a decidir si asisten de manera física o virtual a las juntas generales de las compañías sujetas a su control. Esta resolución promueve la flexibilidad y la inclusión en la toma de decisiones corporativas.
Principales aspectos de la resolución:
- Asistencia flexible: Los administradores de las compañías deberán especificar en la convocatoria que la asistencia puede ser presencial o mediante videoconferencia u otros sistemas de comunicación telemática.
- No obligatoriedad: No se podrá imponer de manera obligatoria una única modalidad de participación.
- Juntas universales y sesiones mixtas: Estas deberán instalarse en el domicilio principal de la compañía.
- Sociedades por acciones simplificadas: Las asambleas generales podrán celebrarse dentro o fuera del domicilio principal, conforme a lo estipulado en la Ley de Compañías.
Esta resolución entró en vigencia tras su publicación en el Registro Oficial y también será difundida a través de la página web institucional de la Superintendencia.
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