Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros dispone prórroga para presentación de estados financieros y suspensión de plazos de todo proceso administrativo de su competencia

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A fin de mitigar y reducir la velocidad de contagio y descongestionar el sistema de salud pública respecto de atenciones por COVID-19, mediante decreto ejecutivo No. 1291, emitido el 21 de abril de 2021, por el Licenciado Lenin Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, se declaró el Estado de Excepción desde las 20h00 del 23 de abril de 2021 hasta las 23h59 del 20 de mayo de 2021, por calamidad pública en las provincias de Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsachilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumbíos, la razón de dicha declaratoria se debe al contagio acelerado y afectación a grupos de atención prioritaria, que producen las nuevas variantes de COVID-19, y por conmoción social, en las provincias en mención debido a la saturación del sistema de salud y desabastecimiento de medicamentos e insumos médicos necesarios para la atención emergente de la enfermedad, a consecuencia del agravamiento de la pandemia en las mencionadas provincias del Ecuador.

 

Por lo antes mencionado, El Superintendente de Compañías expedirá las regulaciones, reglamentos y resoluciones que considere necesarios para el buen gobierno, vigilancia y control de las compañías de acuerdo con el artículo 433 de la Ley de Compañías, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales:

Resuelve disponer una prórroga del plazo previsto para la presentación de la documentación financiera y societaria requerida en los artículos 20 y 23 de la Ley de Compañías, en concordancia con el artículo 25 del mismo cuerpo legal y el artículo 1 del Capítulo II de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, hasta el 31 de mayo de 2021, a fin de precautelar las garantías constitucionales del debido proceso, al amparo de la normativa señalada en la presente resolución, la misma entrará en vigencia a partir del 23 de abril de 2021 sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. 

Adjuntamos en el siguiente link la resolución: Resolución SCVS-INPAI-2021-0006 Prorroga balances a mayo 2021 firmada

HLB Ecuador, socio estratégico, contribuye con la sociedad para una correcta carga de información a la Superintendencia de Compañías.

Autor 

Carolina Reyes
Junior de Auditoría

 


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