BENEFICIOS TRIBUTARIOS - ADQUISICIÓN VEHÍCULOS BLINDADOS Y ELÉCTRICOS

Beneficios Tributarios Vehículos

BENEFICIOS TRIBUTARIOS - ADQUISICIÓN VEHÍCULOS BLINDADOS Y ELÉCTRICOS

En Ecuador, el gobierno ha implementado políticas para fomentar la adquisición de vehículos más seguros y sostenibles. En este artículo, exploraremos los beneficios tributarios que ofrecen los vehículos blindados y eléctricos en el país.

 

Beneficios Tributarios para Vehículos Eléctricos

Los vehículos eléctricos son una excelente opción para aquellos que buscan reducir su huella de carbono y aprovechar los beneficios tributarios. En Ecuador, los vehículos eléctricos están exentos de ciertos impuestos, lo que los hace más accesibles para los consumidores.

- Exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA): Los vehículos eléctricos están exentos del IVA, lo que reduce significativamente el costo de adquisición.

- Exención del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Motorizados: Los vehículos eléctricos también están exentos de este impuesto anual, lo que ahorra dinero a los propietarios a largo plazo.

 

Beneficios Tributarios para Vehículos Blindados

Los vehículos blindados son una excelente opción para aquellos que buscan seguridad adicional. En Ecuador, los vehículos blindados también ofrecen beneficios tributarios.

- Deducción de Gastos: Los gastos relacionados con la blindaje de vehículos pueden ser deducibles de impuestos, lo que reduce la carga fiscal para los propietarios.

- Exención de Impuestos para Vehículos de Seguridad: Algunos vehículos blindados pueden estar exentos de ciertos impuestos, dependiendo de su uso y propósito.

 

Análisis tributario:

  • La normativa tributaria define a los vehículos eléctricos como “los vehículos propulsados exclusivamente por fuentes de energía eléctrica”. (Art. 211 Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno).

 

  • En adición, el Art. 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) de manera general la normativa tributaria establece una limitante respecto a la deducibilidad de la base imponible del impuesto a la renta de los gastos de depreciación, mantenimiento, seguros  y tributos a la propiedad, relacionados con la adquisición de vehículos que superan los el costo de USD 35.000,00 (individualmente según avalúo en base de datos SRI), los cuales si superan el mencionado valor se deben considerar como no deducibles en su totalidad. Sin embargo, cuando se trata de vehículos blindados o vehículos 100% eléctricos cuyo avalúo supere los USD 35.000,00, no es aplicable la referida limitación y se pueden considerar como gastos deducibles en su totalidad los conceptos señalados precedentemente.

 

  • En relación con el IVA, los vehículos eléctricos gravan tarifa 0% de IVA siempre que cumplan con ser “propulsados únicamente por fuentes de energía eléctrica y cuya carga de baterías emplee exclusivamente este tipo de fuente de energía. Además, deberán producir cero emisiones contaminantes directas. En ningún caso se entenderá a los vehículos que cuentan con sistemas de autogeneración con fuente de combustión interna, independientemente de su configuración, como vehículos eléctricos”(Art.55 LRTI).

 

  • En lo que se refiere al ICE, los vehículos eléctricos están exentos del mismo considerando que “Se entenderá por vehículos eléctricos a los propulsados únicamente por fuentes de energía eléctrica y cuya carga de baterías emplee exclusivamente este tipo de fuente de energía. Además, deberán producir cero emisiones contaminantes directas. En ningún caso se entenderá a los vehículos que cuentan con sistemas de autogeneración con fuente de combustión interna, independientemente de su configuración, como vehículos eléctricos”(Art. 77 LRTI).

 

Conclusión

Los beneficios tributarios para la adquisición de vehículos blindados y eléctricos en Ecuador son una excelente oportunidad para ahorrar dinero y contribuir a un futuro más sostenible. Si estás considerando adquirir un vehículo nuevo, es importante investigar y aprovechar estos beneficios tributarios. Recuerda consultar con un profesional tributario para asegurarte de que cumples con todos los requisitos y condiciones.

 

Realizado por:

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