NUEVAS DIRECTRICES OBLIGATORIAS PARA EL REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS Y ALERTAS TEMPRANAS

La UAFE emitió nuevas directrices obligatorias para el reporte de operaciones sospechosas y alertas tempranas en Ecuador
Mediante la Resolución No. UAFE-DG-2026-0007, publicada el 29 de abril de 2026 la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) estableció nuevas disposiciones aplicables a los sujetos obligados y a las Unidades Complementarias Antilavado respecto al envío de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), registros de NO ROS y reportes de Alertas Tempranas (ATEM).
La normativa tiene como objetivo fortalecer los mecanismos de prevención, detección y combate del lavado de activos, sus delitos precedentes, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, estableciendo procedimientos más específicos para el control y reporte de operaciones inusuales o sospechosas.
Uno de los principales cambios introducidos por la resolución es la obligación de reportar operaciones o transacciones económicas que resulten inusuales, injustificadas o sospechosas y que no guarden relación con el perfil económico y financiero del cliente o usuario. La resolución enfatiza que el reporte deberá efectuarse incluso cuando la operación no haya llegado a concretarse o ejecutarse.
Adicionalmente, la UAFE incorpora formalmente el mecanismo de Alertas Tempranas (ATEM), mediante el cual las Unidades Complementarias Antilavado podrán remitir información sobre operaciones inusuales o sospechosas detectadas dentro de sus actividades de supervisión y control. La finalidad de este mecanismo es ampliar la capacidad de análisis preventivo y fortalecer el intercambio de información entre entidades de control y la UAFE.
La resolución también desarrolla lineamientos específicos sobre la estructura y documentación de los reportes, indicando que los sujetos obligados deberán seguir los formatos, manuales e instructivos que emita la UAFE, incluyendo el “Manual de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS)” y el “Manual de Alertas Tempranas (ATEM)”.
Respecto a los plazos, se establece que los reportes ROS deberán remitirse dentro de los cinco días posteriores al conocimiento de la operación sospechosa, independientemente del monto involucrado. Además, la resolución señala que, en casos debidamente justificados, la UAFE podrá otorgar una prórroga de hasta tres días adicionales.
En cuanto a la gobernanza interna, la normativa dispone que los reportes deberán contar con aprobación formal por parte del Comité de Cumplimiento o, en ausencia de este, por el Oficial de Cumplimiento. La documentación de respaldo deberá incluir actas, firmas de responsabilidad, periodos reportados y el detalle de las personas naturales o jurídicas involucradas en las operaciones identificadas.
Otro aspecto relevante es la obligación de registrar mensualmente la no existencia de operaciones sospechosas (NO ROS), lo que implica que los sujetos obligados deberán mantener evidencia constante de sus procesos de monitoreo y análisis aun cuando no existan casos reportables.
La resolución también clasifica los ROS en dos categorías:
- ROS Inicial: corresponde a operaciones ejecutadas que presentan indicios razonables de posible relación con lavado de activos o financiamiento de delitos.
- ROS Tentativa: aplica a operaciones sospechosas que no llegaron a materializarse, pero respecto de las cuales existió intención de ejecución.
Finalmente, la UAFE advierte que la presentación extemporánea, omisión, duplicidad o mala calidad de la información podrá generar responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales para los sujetos obligados, sus funcionarios y representantes.
Esta nueva resolución representa un fortalecimiento importante del sistema de prevención de lavado de activos en Ecuador y exigirá a las organizaciones reforzar sus procesos de monitoreo, documentación, análisis transaccional y control interno para asegurar el cumplimiento oportuno de las obligaciones regulatorias.
Elaborado por:
Carolina Reyes
Supervisora de Auditoría
HLB Ecuador

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