Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta 

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Mediante Oficio No. PAN-SEJV-2023-009, publicado en el Registro Oficial, el viernes 20 de enero de 2023, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, la cual, tiene por objeto apoyar y garantizar la participación de las mujeres en el desarrollo económico de nuestro país.  

Introduce reformas al Código del Trabajo, a la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley de Compañías con la intención de alcanzar dicho objetivo. Está Ley entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial y establece los siguientes puntos a considerar: 

  • “Las empresas que cuenten con 25 o más trabajadores deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso laboral con connotación sexual y determinar procedimientos específicos para su prevención.” 
  • “Las empresas que cuenten con 50 o más trabajadores deberán elaborar un plan de igualdad con medidas dirigidas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. El Ministerio del Trabajo llevará un registro de los planes de igualdad, que deberán ser inscritos por las empresas hasta un año después de la entrada en vigor de la ley. La elaboración de este plan será opcional para las demás empresas.” 
  • “El Ministerio del Trabajo creará un distintivo para reconocer a aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad.” 

Adicionalmente, incluye las siguientes reformas: 

  1. Reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno. - Contempla una deducción adicional de hasta un 140% de los gastos correspondientes a remuneraciones y beneficios sociales por la creación de nuevas plazas de trabajo para mujeres, de acuerdo al siguiente detalle: 

 

TIEMPO DE PERMANENCIA 

DEDUCCIÓN ANUAL 

6 meses consecutivos durante el respectivo ejercicio 

100% adicional 

7 meses consecutivos durante el respectivo ejercicio 

120% adicional 

8 meses consecutivos durante el respectivo ejercicio 

130% adicional 

10 meses consecutivos durante el respectivo ejercicio 

140% adicional 

  1. Reformas al Código del Trabajo. -  Se refieren a prácticas prohibidas en la contratación de personal y a la igualdad de remuneración.  
  • Se introduce una disposición que permite que la madre y el padre puedan acordar la forma en la que se gozarán la licencia de maternidad (ya sea de uso exclusivo de la madre o de uso compartido de máximo el 75% de la licencia con el padre).  
  • La madre y el padre podrán acordar la forma en la cual se gozará la jornada reducida durante la lactancia. Finalmente, las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores deberán facilitar el servicio de cuidado para los hijos de sus colaboradores. 
  1. Reforma a la Ley de Compañías. - Exige que las compañías o sociedades que tengan 3 o más integrantes en su directorio cuenten con al menos un integrante del género femenino por cada 3 integrantes. 

Para HLB Ecuador es importante mantenerte actualizado en materia tributaria, financiera y contable. 

 


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