Presidente Daniel Noboa - 12 puntos clave aprobados por la Asamblea Nacional de la reforma tributaria 

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Con la ley denominada de Eficiencia Económica y de Generación de Empleo, el presidente Daniel Noboa espera una recaudación de USD 832 millones en 2024; a continuación, se presentan los 12 puntos más importantes del texto aprobado por la Asamblea:  

  • Amnistía o condonación tributaria  

Los contribuyentes que paguen la totalidad de las deudas vencidas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) hasta la fecha en que entre en vigencia la ley, recibirán la condonación del 100% de los intereses, multas y recargos. Para acceder a esta condonación tributaria, el contribuyente debe pagar el capital de su deuda en máximo 150 días desde que entre en vigencia la ley.  

  • Condonación de otras deudas  

La propuesta aprobada por la Asamblea plantea que los gobiernos locales, como municipios, prefecturas y juntas parroquiales, también realicen condonación de intereses, multas y recargos de deudas correspondientes a tasas o impuestos. Para esto, el gobierno local deberá emitir una ordenanza en máximo 45 días desde que la ley esté publicada en el Registro Oficial. Los ciudadanos que se quieran acoger deben pagar el capital de la deuda en máximo 150 días a partir de que se haya expedido la ordenanza.  

  • La deuda con el Banco Central  

El Ministerio de Finanzas tendrá la oportunidad de canjear las millonarias deudas que tiene con el Banco Central de Ecuador (BCE) y que hoy tienen un plazo de pago hasta 2035 por una nueva deuda, con plazo a 20 años. Con esto, el BCE tendría que esperar hasta 2040 para que el Ministerio pague los USD 5.302 millones que le debe. También se incluyó el detalle de las condiciones del canje de la deuda: tasa de interés de 1,3% anual, sistema de amortización francés y pagos de vencimientos semestrales. Además, se detalla qué tipo de deudas serían las que se tomarían en cuenta para el canje: Bonos del Estado. Certificados de depósito e inversión. Títulos y obligaciones contractuales que mantenga del Ministerio de Finanzas y de las entidades financieras públicas por contratos financieros. 

  • Las autorretenciones para los grandes contribuyentes  

Los 499 grandes contribuyentes, que son las empresas que más impuestos pagan, tendran que pagar cada mes un porcentaje de sus ingresos al SRI. Este pago se refiere a una autorretención del Impuesto a la Renta que se declara al año siguiente.  

El SRI establecerá el porcentaje de autorretención, en función de la tasa impositiva efectiva, que varía según la actividad económica del contribuyente. 

  • Impuesto para la venta de inmuebles  

Las personas y empresas tendrán que pagar el impuesto a la renta cuando vendan inmuebles, debido a que, el expresidente Guillermo Lasso dispuso el cobro de este impuesto por la venta de inmuebles en la Ley de Desarrollo Económico, que entró en vigencia en 2021. Esa norma incluyó una disposición para comenzar a cobrar este Impuesto a la Renta a partir de 2027.  

  • Incentivos para crear empleos  

En los incentivos tributarios para las empresas que creen nuevas plazas de empleo se realizaron algunas precisiones:  

  • El contribuyente que genere incremento neto de plazas de trabajo para jóvenes de entre los 18 y 29 años, así como para las personas obligadas a pagar pensiones alimenticias, tendrá una deducción adicional de 50% respecto del gasto de salarios sobre los que se haya aportado a la seguridad social. La deducción adicional será del 75% si las nuevas plazas de trabajo son de jóvenes graduados o egresados de universidad públicas e institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores o de instituciones educativas públicas, municipales o fiscomisionales.  
  • El contribuyente que reporte un incremento neto de plazas de trabajo para el sector de la construcción y la agricultura tendrá una deducción adicional de 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social. La empresa que genere incremento neto de plazas de trabajo para personas que hayan cumplido con una pena privativa de la libertad superior a un año tendrán una deducción adicional del 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.  
  • Sanciones por no entregar comprobantes  

Los negocios que no entreguen comprobantes de venta paguen una multa de uno a 30 salarios básicos unificados. Sin embargo, no entregar el comprobante ya no sería una causal de clausura del local.  

El contribuyente tendría un plazo de hasta 10 días para subsanar la falta.

  • Normas para empresas de pronósticos deportivos  

Se proponen cambios para las empresas extranjeras que se dedican a pronósticos deportivos:  

  • Registrarse en el catastro del registro único de contribuyentes RUC.  
  • Entregar la información para fines tributarios al SRI conforme lo dicte el reglamento.  
  • Declarar y pagar el Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos.  
  • Designar un apoderado residente en Ecuador para todos los efectos derivados de la administración del Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos.   

Si las empresas no cumplen lo que dispone la ley, se bloquerá la dirección IP del sitio web a través del cual opera la empresa. Además, se impondrá una sanción de hasta 30 salarios básicos. 

  • Devolución de Impuesto al Valor Agregado (IVA)  

Las personas naturales y las sociedades que pagaron el IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios, tienen derecho a su devolución del impuesto, sin intereses, en un tiempo no mayor a 90 días. La devolución será a través de la emisión de una nota de crédito. Además, los proyectos inmobiliarios deberán ser registrados por el ministerio de ramo o la entidad que corresponda, a excepción de aquellos que sean destinados para la vivienda propia y no superen dos proyectos por año. 

  • Incentivos para el turismo  

Para los establecimientos de alojamiento en el sector turístico se propone que estos puedan cobrar tarifa de 0% de IVA cuando las ventas sean a turistas extranjeros. También se plantea un incentivo con el que, las nuevas inversiones de turismo desde USD 100.000, no tengan Impuesto a la Renta por siete años.

  • Zonas francas  

Se crea la figura de zonas francas. Las zonas francas se podrán crear para actividades como: actividades industriales de bienes, servicios, actividades comerciales y de logística. Las zonas francas reemplazan a las Zonas Especiales de Desarrollo (Zedes) introducidas durante el Gobierno de Rafael Correa, y que se podía crear para las siguientes industrias:   

  1. transferencia y de desagregación de tecnología e innovación,  
  2. diversificación industrial, 
  3. desarrollar servicios logísticos y  
  4. servicios turísticos 

Las ZEDE constituidas antes de 2021 tienen un beneficio de 0% en el Impuesto a la Renta los 10 primeros años y 10 puntos menos los 10 siguientes. La reforma tributaria plantea que las zonas francas tengan tarifa 0% de Impuesto a la Renta en los 5 primeros años y 15% por el resto del periodo, que es de 30 años. 

  • Nuevo régimen de Alianzas Público Privadas (APP)  

La delegación de servicios públicos a través de Alianzas Público Privadas se hará de manera excepcional. Adicional, se crea un Comité Interinstitucional de Alianzas Público Privadas. Además, la reforma preserva la actual Secretaría de Alianzas Público Privadas, como una entidad adscrita a la Presidencia de la República. 

Elaborado por: 

Departamento Asesoría Tributaria 


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