REGLAMENTO A LA LEY PARA EL ALIVIO FINANCIERO

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A inicios del mes de marzo del 2025, mediante el Decreto Ejecutivo No. 551 publicado en el Registro Oficial, el Presidente de la República Daniel Noboa emitió el Reglamento a la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador.

Recordemos que esta ley se encuentra vigente desde diciembre de 2024 y tiene como objetivo aliviar las dificultades económicas de personas naturales, jurídicas y sectores productivos afectados por los racionamientos de energía eléctrica. El reglamento desarrolla y detalla los mecanismos de condonación, alivio financiero, acceso a beneficios y coordinación institucional para su adecuada aplicación.


A continuación se remiten los principales puntos tributarios:

1.- Respecto al crédito tributario de aportes patronales se tendrá en cuenta los siguiente respecto a la condicionante de los

- Los ingresos brutos son superiores si en 2023 incrementaron en un porcentaje superior al 10% con relación al año 2022.

- Los ingresos brutos son similares entre 2023 y 2022, si incrementaron o decrecieron hasta un porcentaje del 10%.

- Los ingresos brutos son inferiores si en 2023 decrecieron en un porcentaje superior al 10% con relación al año 2022.


2.- Se considera como parte del límite de 2 enajenaciones de inmuebles como ingreso exento del impuesto a la renta a los bienes accesorios como parqueadero, bodegas y otros, siempre que su transferencia se realice en un solo acto.

3.- Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) que deseen acceder a los beneficios tributarios establecidos en la Ley de Alivio Financiero, deberán estar inscritas en los registros públicos del Ministerio de la Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, según la normativa aplicable.

 

El presente reglamento fue suscrito el 3 de marzo de 2025 y entrará en vigor tras su publicación en el Registro Oficial.

 

Descarga el reglamento completo haciendo clic en el siguiente enlace:

REGLAMENTO A LA LEY PARA EL ALIVIO FINANCIERO

 

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