SRI: ACTUALIZACIÓN EN LA NORMATIVA DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS (RESOLUCIÓN NAC-DGERCGC25-00000017)
BOLETÍN TRIBUTARIO
SRI: Actualización en la normativa de comprobantes electrónicos
(Resolución NAC-DGERCGC25-00000017)
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha introducido modificaciones relevantes en la normativa que regula la emisión de comprobantes electrónicos. Estas actualizaciones, incorporan cambios clave que impactan directamente en los procesos de anulación y emisión de documentos tributarios.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000017, mediante la cual se reforman las disposiciones establecidas en la Resolución NAC-DGERCGC25-00000014, relacionadas con la anulación de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios en modalidad electrónica.
Entre los principales cambios se destacan:
- Reducción del plazo para anulación en línea: Ahora los comprobantes electrónicos deben ser anulados hasta el día 7 del mes siguiente a su emisión, en lugar del día 10.
- Notas de crédito más restrictivas: Solo podrán emitirse en casos específicos definidos por el reglamento, y estarán sujetas a verificación por parte del SRI. Ya no existe un límite de tiempo fijo para su emisión.
- Anulación automática en casos especiales: Se permite la anulación automática de comprobantes emitidos a contribuyentes extranjeros o fallecidos, una vez ingresada la solicitud por parte del emisor.
- Facultad de anulación de oficio por parte del SRI: El SRI podrá anular de oficio facturas emitidas con la leyenda “consumidor final” durante procesos de control tributario.
- Excepciones para comprobantes relacionados con el ISD: Se establece un tratamiento especial para los comprobantes de retención vinculados al Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), conforme al artículo 26 del reglamento aplicable.
Importante: La transmisión de 4 días se mantiene hasta el 31 de diciembre 2025 y la inmediata desde el 1 de enero del 2026
Estos cambios entran en vigor a partir del 1 de agosto de 2025, y buscan mejorar el control tributario, agilizar los procesos de anulación y garantizar la correcta emisión de documentos electrónicos.
RESOLUCIÓN NAC-DGERCGC25-00000017
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